viernes, 29 de abril de 2011

gobierno de bolivia-

gobLa República de Bolivia se compone principalmente de la Presidencia de la República (Poder ejecutivo) que actúa en cooordinación con los ministerios, el Congreso Nacional (Poder Legislativo) y las diferentes cortes que ejercen el Poder judicial.
Sistema electoral: Sufragio universal y obligatorio, mayoría de edad a los 18 años.

-Poder legislativo.

Congreso Nacional bicameral, presidido por el Vicepresidente de la República.
Cámara de Senadores. 27 miembros elegidos por sufragio universal directo para un mandato de 5 años. En cada departamento, corresponden dos escaños al partido más votado, y el tercer escaño al segundo partido más votado.
Cámara de Diputados.
130 escaños elegidos por sufragio universal directo para un mandato de cinco años; 62 elegidos en las 9 circunscripciones departamentales por sistema proporcional (D'hondt) y 68 en circunscripciones uninominales (más pequeñas que los departamentos) por mayoría simple.
Los legisladores de ambas Cámaras (senadores y diputados electos) representantes de un mismo departamento o región, integran de manera conjunta las Brigadas Departamentales, organizadas para coordinar acciones de interés regional.[1]

-Poder judicial.

El Poder Judicial está constituido por tres organismos fundamentales conforme a la ley Nº 1585 del 12 de agosto de 1994 de la Reforma a la Constitución Política del Estado.
La Corte Suprema de Justicia,el más alto tribunal de justicia de la República en materia ordinaria, contenciosa y contencioso-administrativa. Se compone de un presidente y once ministros distribuidos en cuatro salas: dos salas civiles, un penal y una sala de social, de minería y administrativa. Los ministros duran en sus funciones 10 años. La Corte tiene su sede en Sucre. Las Cortes Distritales en cada capital de Departamento, tienen jueces de partido de instrucción en materias civil, comercial, penal, de sustancias controladas, familiar, del menor de trabajo y seguridad social, de minería y administrativa.
El Tribunal Constitucional, órgano independiente sometido sólo a la Constitución, con sede en la ciudad de Sucre, está integrado por cinco magistrados que conforman una sola sala. Duran en sus funciones un periodo de 10 años improrrogables.
Entre sus principales atribuciones está la de conocer en única instancia los asuntos de puro derecho sobre la inconstitucionalidad de las leyes, conflictos de competencia entre los poderes públicos, recursos directos de nulidad y la revisión de los recursos de amparo constitucional y habeas corpus.
El Consejo de la Judicatura es el órgano administrativo y disciplinario del Poder Judicial. Tiene su sede en la ciudad de Sucre.
El consejo es presidido por el presidente de la Corte Suprema de Justicia y está integrado por cuatro miembros denominados Consejeros de la Judicatura. Duran en sus cargos un período de 10 años improrrogables. Sus principales atribuciones son: proponer al Consejo Nacional nóminas para la designación de los ministros de la Corte Suprema, vocales de las cortes superiores, jueces notarios y registradores de derechos reales; administrar el Escalafón Judicial y elaborar el presupuesto anual del Poder Judicial.
Luego de las revisiones en la Constitución y las leyes subsecuentes, el gobierno ha iniciado una progresiva reforma en este Poder del Estado, con el fin de lograr mejoras en ciertos aspectos de la política boliviana.
El sistema legal esta basado en la Ley española y el Código napoleónico.

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